Responsabilidad del consejo rector ante HaciendaMuchas de vuestras consultas se relacionan con la responsabilidad de los miembros del consejo rector ante la Agencia Tributaria, o sea ante Hacienda.

Uno de los problemas más frecuentes en las cooperativas es la reclamación por parte de la Agencia Tributaria a una cooperativa por el impago de algún impuesto, o por algún expediente sancionador o  de comprobación de valores.

Mientras la cooperativa está en “marcha”, esta actuación de la Agencia Tributaria será un acreedor más.

El problema surge cuando la cooperativa entrega las viviendas, o concursa, y deja pendiente el pago de uno o varios impuestos, o están sin concluir algún expediente de la Agencia Tributaria.

Los casos tipo suelen ser dos:

Caso A

La cooperativa entrega las viviendas, y los socios escrituran, sin embargo, está pendiente de resolver un expediente de comprobación de valor, o recurrida y no pagada una liquidación,  da igual el impuesto. Pongamos que queda un pequeño saldo en caja, de 20.000 euros, somos 20 socios, y la comprobación/expediente nos reclama 100.000 euros.

Como hemos entregado las viviendas, los socios piden la devolución de los 20.000 euros a 1.000 euros por cabeza. Y se hace.

Pasan, dos, tres años, la gestora ha desaparecido, ya no tiene nada que hacer, funcionamos con un Administrador de Fincas.

Y resulta que la Agencia Tributaria reclama a la Cooperativa 100.000 euros más otros 40.000 en sanciones e intereses. La comunicación llega al domicilio de la cooperativa, y nadie quiere hacerse cargo de nada, y como no pasa nada inmediatamente, nos “olvidamos” del tema.

Año y medio más tarde, la Agencia Tributaria comunica a los miembros del Consejo Rector que se inicia contra ellos un EXPEDIENTE DE DERIVACION DE RESPONSABILIDAD, según el cual, ellos deberán pagar  los iniciales 100.000 euros, más los 40.000 de sanciones intereses, mas 15.000 de interés del ultimo año, mas los que se deriven de este expediente.

Los miembros del Consejo Rector se ponen en contacto con la Gestora, que le dice amablemente que ya se dijo en su día, que estaba pendiente, que menuda mala pata, que si los de Hacienda son o dejan de ser, y se lavan las manos. Dicen que hay que reunir a los cooperativistas, y hacer una derrama.

Entonces empieza el calvario. Hace ya mas de cuatro años que se entregaron las viviendas, y la gente dice, que ya no es socia, y se dio de baja, o que ha vendido el piso, o simplemente que lo siente mucho que no es su problema o que no puede pagar.

Los miembros del Consejo Rector, se ponen en contacto con un abogado, y este habla con Hacienda.  Y la Agencia Tributaria entiende todo pero primero que le paguen los miembros del Consejo Rector, y como están seguros que los exsocios pagarán, pues que luego les reclamen a ellos.

Y los cinco miembros del Consejo Rector, deben ya 155.000 euros mas pongamos otros 10.000 más desde la última notificación. Un miembro del Consejo Rector, dice que lo siente mucho, esta en el paro y debe 4 cuotas de hipoteca, así que no se puede contar con él. Y los otros cuatro han de pagar 165.000 euros, a mas de 40.000 euros por cabeza, y sino, les embargarán, cuentas, saldos, salarios, inmuebles, vehículos etc…

Después iniciarán una demanda contra los otros 15, y ya veremos que pasa, pero de momento han pagado, y los 15 dicen que no sabe de que va la historia, que dejaron de ser socios hace 5 años, que pagaron en su momento lo que se les pidió, y que ellos no hicieron los números, así que no tienen ninguna culpa.

En fin, ya os imagináis el final.

Caso B

La cooperativa va a presentar concurso. Puede no haber adjudicado viviendas, o solo parte de ellas. El caso es que tiene un expediente abierto, por una mala liquidación, por una comprobación. En la cuenta de la cooperativa puede o no quedar dinero, si queda, como es poco, va desapareciendo, una factura de la Gestora, una provisión de fondos para la administración del inmueble…

Nos han propuesto que la solución es presentar concurso, porque no pasa nada, ya que todo esta “perfecto”.

Se presenta el concurso. Se reconoce el crédito a Hacienda. Y el concurso sigue. Al final, la cooperativa se liquida, los inmuebles se los queda el banco.

Y un día, los miembros del Consejo Rector, reciben una notificación en la que se les comunica que se va a declarar su responsabilidad como administradores de la cooperativa, y por tanto deben pagar la deuda de la cooperativa con hacienda.

Se habla con Hacienda, y nos dicen que lo sienten muchísimo, pero, que como sabía el Consejo Rector que había dinero, debía haber pagado o en todo caso consignarlo, reservarlo, y que como ese dinero se ha usado para otras cosas, no está, y debe pagarlo quien autorizó la salida de ese dinero de la cooperativa, el Consejo Rector.

Cuando pague, los miembros del Consejo Rector, se presentarán en el concurso de acreedores, y por medio de un escrito, le dirán al Administrador Concursal, que ya no es acreedora la Agencia Tributaria, sino ellos, que son los que han pagado.

El Administrador Concursal les dirá que muy bien, pero que al ser los miembros del Consejo Rector, su crédito está contaminado, y lo calificará como “subordinado”, que quiere decir el último de la fila para cobrar, si queda después de que hayan cobrado todos. (En resumen que no va a cobrar nunca).

Por eso, consejos:

Antes de escriturar, de adjudicar viviendas, de sacar dinero de la cooperativa, y/o de presentar concurso, comprobad la situación fiscal. Que se debe y porqué, que expedientes hay abiertos, incluso pedid a Hacienda un Certificado con esos extremos.

Si vais a escriturar con expedientes abiertos, hacedlo constar en la escritura, para que quede claro que cabe la posibilidad de una reclamación en unos años. Si vais a concursar, comprobad que el dinero se ha “usado” bien,  y que no se ha dejado de pagar porque no se quiera, sino porque la cooperativa no ha podido nunca.

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